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Calefacción en departamentos: caseros deben encender la calefacción a partir de octubre

Desde octubre y hasta mayo tu casero deberá encender la calefacción de forma obligatoria. Si esto no ocurre, los inquilinos pueden presentar una queja.
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Temperaturas bajas en Nueva York: Conoce los derechos que tienes con respecto a la calefacción en tu hogar
A poco más de un mes de que llegue el invierno, la ciudad de Nueva York ya está viviendo una importante disminución en las temperaturas que hace que muchos pasen más tiempo dentro de su hogar que en las calles. No obstante, hay quienes tienen problemas en la calefacción de su edificio, por lo que tienen que recurrir a calentadores adicionales; sin embargo, la ley de la ciudad protege a los inquilinos y acá te contamos más detalles.

Con la llegada del invierno, las temperaturas comienzan a bajar en Nueva York y con ello la necesidad de mantener los hogares calientes.

En Nueva York, la ley establece que los dueños de los edificios deben proveer calefacción a todos los inquilinos.

A partir del 1 de octubre y hasta el 31 de mayo los inquilinos deben cumplir con los siguientes requisitos.

- Entre las 6:00 am y las 10:00 pm la calefacción debe estar al menos en 68 grados Fahrenheit cuando las temperaturas en el exterior estén por debajo de los 55 grados.

- Entre las 10:00 pm y las 6:00 am la calefacción debe estar al menos a 62 grados.

- Los caseros deben tener agua caliente 24 horas del día los 365 días del año al menos a 120 grados de temperatura.

En los condados de Rockland, Weschester y Kingston la calefacción debe estar habilitada todo el año.

Las autoridades de vivienda de la Ciudad de Nueva York están autorizadas a reducir la renta de los departamentos que no cumplan con estos requisitos.

Las personas pueden presentar una queja vía web en el sitio oficial de la autoridad de vivienda.

También pueden llamar al 311 para presentar su queja.

Sin embargo, las autoridades recomiendan primero tratar el tema directamente con el casero para tratar de encontrar una solución.

¿Cuáles son las sanciones en caso de no habilitar la calefacción?

Según el departamento de vivienda, las infracciones pueden aumentar por cada día que se incumpla con la prestación del servicio de calefacción.

La agencia puede solicitar las siguientes sanciones, vigentes a partir de la fecha de publicación del aviso de infracción hasta la fecha en que se corrija la falta:

- Multa de $250 a $500 dólares por día por cada infracción inicial de calefacción o agua caliente.

- $500 a $1,000 dólares por día por cada infracción subsiguiente en el mismo edificio durante la misma temporada o la siguiente.

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