El ambicioso paquete de 2.2 billones de dólares, aprobado el viernes por el presidente Trump beneficiará a miles de trabajadores del país, afectados indirecta o directamente por la pandemia del coronavirus, pero deja fuera al menos a 7 millones de indocumentados.
Uno de los principales requisitos para recibir un cheque con la ayuda financiera, propuesta en la denominada Ley CARES, es contar con un seguro social válido y haber declarado los impuestos previamente.
Por eso, "aquellos contribuyentes que declaran bajo un número ITIN no califican para recibir este dinero y tampoco pueden solicitar asistencia al Programa de Pequeños Negocios" bajo la ayuda federal, aclara el abogado Frank Huerta, de Fresno.
Tampoco calificarán aquellos contribuyentes casados que presentan una declaración conjunta y uno de los dos no tiene un estatus legal en el país. "Una familia con un estado mixto en una declaración (de impuestos) conjunta no será elegible. Todos los contribuyentes y dependientes deben tener números de seguridad social válidos" puntualiza el abogado Huerta.
Si el matrimonio ha presentado sus declaraciones de impuestos como casados, pero de manera separada, entonces quien tenga el seguro social válido, obtendría el beneficio de los $1,200 y $500 por hijo, según corresponda.
El mismo abogado indica que, aunque los hijos sean ciudadanos, si los padres no cuentan con un SSN válido, entonces, tampoco son elegibles, ya que el crédito fiscal es para trabajadores contribuyentes con SSN válido.
Los recipientes de DACA sí calificarían a los beneficios propuestos por el gobierno, comenta Frank Huerta. Sus números de seguro social son válidos, al menos hasta que la Corte Suprema no se pronuncie respecto de extender o eliminar el programa.
Si eres de aquellos que no califica para recibir dinero del gobierno, puedes averiguar en este enlace otros recursos disponibles.
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Estas ciudades de California han aprobado protección para inquilinos durante la emergencia del coronavirus
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El gobernador de California, Gavin Newsom, emitió una
orden ejecutiva que autoriza a los gobiernos locales a suspender los desalojos para inquilinos. Hasta el momento la protección está vigente hasta el 31 de mayo de 2020.
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Coronavirus
Algunas ciudades han tomado medidas para proteger a los inquilinos de desalojos. La moratoria se aplica si un inquilino no puede pagar el alquiler durante el período establecido, el cual debe notificar a sus propietarios que el alquiler no se pagará a tiempo. Los inquilinos deben proporcionar documentación que demuestre pérdidas de ingresos sustanciales causadas por despidos de trabajo, gastos médicos de bolsillo o requisitos para quedarse en casa debido a Covid-19.
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Estas son las ciudades que hasta el momento han aprobado moratorias. Este listado será actualizado a medida que se pronuncien otras ciudades.
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Los Ángeles: El alcalde Eric Garcetti
firmó una orden el 23 de marzo en la cual se requiere "que ningún propietario desaloje a un inquilino residencial o comercial en la ciudad de Los Ángeles durante el período en el que dure la emergencia local si el inquilino puede demostrar que no puede pagar el alquiler debido a circunstancias relacionadas con la pandemia de Covid-19".
LA County
California Los Angeles Coronavirus
Garcetti además anunció que los servicios públicos del LAWDP no serán cortados por falta de pago durante el período en el que dure la emergencia y la moratoria se "extenderá por un tiempo indefinido", según el
comunicado.
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San Francisco, la ciudad de los desalojos.
San Francisco: El 13 de marzo, el alcalde London N. Breed
anunció una moratoria sobre los desalojos residenciales relacionados con los impactos financieros causados por Covid-19. La moratoria evitará que cualquier residente sea desalojado debido a una pérdida de ingresos relacionada con un cierre comercial, pérdida de horas o salarios, despidos o costos médicos de su bolsillo causados por la pandemia de Covid-19. La moratoria tiene efecto retroactivo desde que se declaró la emergencia local el 25 de febrero. La moratoria de desalojo estará vigente por 30 días, y el alcalde puede extenderla por otros 30 días mediante una orden ejecutiva.
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San Diego: El 25 de marzo la Ciudad de San Diego promulgó una
moratoria de desalojo que brinda alivio a los inquilinos residenciales y comerciales que enfrentan dificultades financieras relacionadas con la pandemia COVID-19. Durará hasta el 31 de mayo de 2020. Los inquilinos deben demostrar una disminución sustancial en los ingresos o gastos médicos causados por COVID-19 para calificar. No eximirá al inquilino de su obligación de pagar el alquiler ni restringirá al arrendador.
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Sacramento
Sacramento: La Junta de Supervisores del Condado de Sacramento adoptó el 24 de marzo una
resolución para una moratoria temporal sobre los desalojos de inquilinos residenciales. La resolución permanece vigente durante la emergencia.
Wikicommons
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Long Beach: Una nueva ordenanza de emergencia, vigente a partir del 25 de marzo, “detiene temporalmente los desalojos para inquilinos residenciales y comerciales afectados por la pandemia Covid-19, como parte de un paquete integral de ayuda para el alquiler aprobado por unanimidad el martes por la noche por el Ayuntamiento”. Si un inquilino no puede pagar el alquiler entre el 4 de marzo y el 31 de mayo, debido a una reducción en los ingresos causada por Covid-19, debe notificar a sus propietarios.
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Recovery Act Provides One Million Dollars To Existing Sunset Strip Project
West Hollywood: El 16 de marzo el concejo de la ciudad aprobó una
orden temporal de suspensión de desalojos por falta de pago de la renta durante el estado actual de emergencia causado por la pandemia Covid-19. Hasta el momento la moratoria estará vigente por 60 días, sin embargo puede estar sujeta a extensiones si la emergencia de salud pública por el coronavirus se prolonga.
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Culver City California
Culver City: El 16 de marzo, Culver City
ordenó la suspensión de desalojos residenciales como resultado de la incapacidad de los inquilinos de pagar el alquiler debido a circunstancias relacionadas con la pandemia de Covid-19. Además, el 20 de marzo, se emitió la orden que “ningún propietario puede desalojar a un inquilino de un recinto comercial durante el tiempo de la emergencia si el inquilino puede demostrar que no puede pagar el alquiler debido a circunstancias relacionadas con Covid-19”, según el comunicado.
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Muelle de Santa Mónica California
Santa Mónica: El 18 de marzo la ciudad de Santa Mónica
aprobó una protección de desalojo para inquilinos residenciales y comerciales. “Ningún propietario se esforzará por desalojar a un inquilino residencial o comercial en cualquiera de las siguientes situaciones: (1) por falta de pago del alquiler si el inquilino demuestra que no puede pagar el alquiler debido a los impactos financieros relacionados con Covid-19 o (2) para un desalojo sin culpa si algún miembro del hogar está enfermo, aislado o en cuarentena.
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Anaheim California
Anaheim: El 24 de marzo, el Concejo Municipal de Anaheim
aprobó una moratoria de emergencia para los desalojos residenciales y comerciales para los afectados por el brote de coronavirus. La moratoria entró en vigencia ese mismo día y se extiende hasta el 31 de mayo de 2020, con opciones de prórrogas por parte del Ayuntamiento.
AP
Van Ness Avenue Entrance to Downtown Fresno, California, USA. "The Best Little City in the U.S.A."
Fresno: La ciudad de Fresno emitió una
orden el 20 de marzo de 2020, declarando que ningún inquilino residencial puede ser desalojado debido a la pérdida de ingresos relacionada con el brote de COVID-19. Los propietarios comerciales también tienen prohibido desalojar a los inquilinos comerciales que poseen negocios que están cerrados, ya sea voluntariamente o por mandato de reducir la propagación del virus.
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Costa Mesa: El 24 de marzo, la ciudad de Costa Mesa aprobó una
ordenanza de emergencia con una moratoria sobre el desalojo de inquilinos residenciales o comerciales, que no pueden pagar el alquiler por la crisis Covid-19. La moratoria del desalojo residencial y comercial permanecerá vigente hasta la expiración de la Orden Ejecutiva N-28-20 del Gobernador, incluyendo cualquier extensión.
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Santa Ana: La ciudad de Santa Ana
promulgó este 20 de marzo una moratoria sobre todas las ejecuciones hipotecarias y desalojos residenciales y comerciales por falta de pago del alquiler para cualquier persona que no pueda pagar debido a los impactos financieros relacionados con COVID-19. La moratoria permanecerá vigente según lo permitido por una orden ejecutiva del Gobernador de California hasta el 31 de mayo de 2020, o más, si el Gobernador lo extiende.
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Simi Valley: La ciudad ha emitido una
Orden que establece una moratoria sobre los desalojos para inquilinos de propiedades comerciales y residenciales en la ciudad que no pueden pagar debido a la emergencia de Coronavirus.
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Rancho Cucamonga: El 18 de marzo, el Ayuntamiento de la ciudad de Rancho Cucamonga
emitió una moratoria temporal sobre los desalojos por falta de pago de la renta por parte de inquilinos residenciales o comerciales afectados por la pandemia Covid-19.
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San Bernardino: El 18 de marzo de 2020, el Administrador de la Ciudad promulgó una
moratoria temporal y suspensión de desalojos por falta de pago de la renta por parte de inquilinos residenciales y comerciales afectados por Covid-19 a través de la Orden Ejecutiva No. 2020-01.
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El Monte: El 23 de marzo el Ayuntamiento de El Monte
aprobó una Ordenanza de Emergencia en conformidad con las Secciones 36934 y 36937 (b) del Código de Gobierno para suspender por 60 días los desalojos debido a la falta de pago por circunstancias relacionadas con la pérdida de trabajo o una reducción de horas de trabajo debido a la pandemia de Covid-19. La medida puede ser extendida si la emergencia de salud pública por el coronavirus se prolonga.
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Apple Valley estableció este 24 de marzo una moratoria temporal en los desalojos residenciales y comerciales y suspender las desconexiones o cortes de servicios públicos.
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Moorkpark: El 19 de marzo se aprobó una
moratoria temporal de desalojo por falta de pago de la renta por parte de inquilinos residenciales o comerciales afectados por la crisis Covid-19. La suspensión de desalojos estará en vigencia por el período de emergencia por el Covid-19, o hasta el 31 de mayo de 2020. Ningún propietario podrá desalojar a un inquilino residencial o comercial si el inquilino puede demostrar que no puede pagar debido a la emergencia.
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Guía para saber cuánto dinero recibirás por la crisis del coronavirus