CIUDAD DE MÉXICO (AP) — El gobierno de la Ciudad de México aprobó una ley que sanciona con varios años en prisión a quien grabe o distribuya imágenes sexuales explícitas sin el consentimiento de esa persona o a través de engaños.
Los legisladores de la ciudad aprobaron el martes por unanimidad la nueva medida, conocida como “Ley Olimpia”. En ella se tipifica la ofensa como un delito y se sanciona con entre cuatro y seis años en prisión. Las sanciones pueden aumentar de dos a tres años cuando el perpetrador es familiar o tuvo una relación romántica con la víctima.
El Congreso de la ciudad dice que con ello busca garantizar los derechos a la intimidad personal e intimidad sexual, y protege la integridad de las mujeres.
El 'porno de la venganza' ya es un delito en la Ciudad de México (fotos)
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Este martes el Congreso de la Ciudad de México aprobó por unanimidad la llamada Ley Olimpia que sanciona la violencia digital.
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A través de un
comunicado, las autoridades locales de la capital mexicana informaron que, la nueva ley busca castigar a quienes compartan imágenes intimas y con contenido sexual de otra persona sin su consentimiento.
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Aprobada con 56 votos a favor de los legisladores de la Ciudad de México, la ley plantea que quienes realicen este delito deberán cumplir una sentencia de entre cuatro y seis años de cárcel.
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Esta ley se originó en 2014, luego de que Olimpia Coral Melo, fundadora del Frente Nacional para la Sororidad fuera víctima de este delito, cuando su expareja difundió un video íntimo de la mujer en sus redes sociales.
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En honor a su creadora e impulsora, la nueva legislación fue nombrada ‘Ley Olimpia’, que en 2018 fue aprobada por primera vez en el Congreso local del estado de Puebla.
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La Ley Olimpia contempla actos de acoso, hostigamiento, amenazas, vulneración de datos, información privada y la difusión de contenido sexual como fotos, video, audios sin consentimiento a través de redes sociales.
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Se trata de una ley que reformó la normatividad en la capital mexicana con lo que se reconocen los delitos contra la intimidad, destaca el concepto de ciberacoso y genera conciencia entre las instituciones sobre el tema de los derechos sexuales.
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Además de una posible pena de prisión que va de cuatro a seis años, las personas que resulten culpables de un delito de difusión de material sexual sin consentimiento serán blanco de una multa de un máximo de 9,469 dólares (84,490 pesos).
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Asimismo, la pena se agravará cuando el responsable sea un familiar de la víctima o tenga una relación de noviazgo, matrimonio o laboral.
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Hasta ahora la ley se ha aprobrado en los estados mexicanos de Aguascalientes, Baja California Sur, Chiapas, Coahuila, Guanajuato, Guerrero, Estado de México, Nuevo León, Oaxaca, Puebla, Querétaro, Veracruz, Yucatán, Zacatecas y Ciudad de México.
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La ley se llamó así por la activista Olimpia Coral, quien tuiteó que la aprobación de la ley le hizo pensar: “ese momento en el que no sabes si estás soñando”.
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