CIUDAD DE MÉXICO.- Las autoridades mexicanas emitieron este miércoles una orden inmediata para prohibir la venta de una variedad de quesos de reconocidas empresas mexicanas debido a que, según informó la Procuraduría Federal del Consumidor en conjunto con la Secretaría de Economía, incumplieron normas oficiales.
La histórica decisión ocasionó gran polémica en el país y una guerra de declaraciones entre empresarios y autoridades, debido a que se trata de productores lácteos reconocidos y de venta masiva.
“Su comercialización se ha llevado a cabo en perjuicio y con información que puede inducir al engaño de los consumidores. Para evitar el engaño a los consumidores mexicanos y con el fin de proteger sus derechos se prohíbe la comercialización de más de 20 productos denominados como ‘queso’ de 19 marcas y 2 productos denominados como yogur natural”, señala el comunicado.
Esas marcas tendrán que cumplir, además, con una multa y diversas medidas previstas en una ley de calidad de productos alimenticios.
A continuación, explicamos los productos afectados por la decisión, qué dice la ley mexicana al respecto y cómo se han defendido las empresas.
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Nueces, avellanas, cacahuates y semillas.- Este tipo de alimentos sólo podrán ingresar si se encuentran sin cascara y empaquetados de forma comercial y con el sello original.
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La carne de puerco.- Este producto queda prohibido completamente en su presentación fresco o congelado. Asimismo, sus derivados, como el chicharrón, también quedan excluidos de ingreso a México. Sin embargo, el jamón y embutidos están permitidos, siempre y cuando no estén hechos de forma artesanal e ingresen dentro de su empaque original y con el sello de una autoridad sanitaria con un límite de hasta 11 libras (5 kilogramos) por persona.
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Cualquier tipo de lácteo realizado de forma artesanal (leche, queso, mantequilla).- Este tipo de alimentos solo pueden ingresar si es de producción industrial y si se encuentran debidamente empaquetado y se han sometido a un proceso de pasteurización. Asimismo, si se trata de leche líquida, sólo podrá ingresar un litro por familia y en el caso del queso hasta 6.6 libras (3 kilos) como máximo. Se permite hasta 4.5 libras (2 kg) de leche en polvo.
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Pescados y mariscos.- El ingreso de este tipo de productos se encuentra prohibido si son frescos o artesanales. En el caso del pescado, su ingreso podrá ser únicamente enlatado y en cantidades de uso personal.
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Las bebidas alcohólicas.- Este tipo de líquidos son permitidos siempre y cuando no sean hechos en un proceso artesanal y cuenten con una etiqueta clara y detallada del contenido. Asimismo, en el caso de los destilados solo se podrá ingresar un máximo de 100 onzas (tres litros) y en el caso de los vinos hasta 1.5 galones (seis litros).
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Carne de res o vaca.- Este tipo de alimento, igual que el cerdo, queda totalmente prohibido de manera fresca o congelada. Sin embargo, es posible el ingreso de esta carne en forma seca, siempre y cuando se encuentre empaquetada y sellada por una autoridad sanitaria, con un máximo de 1.3 libras (500 gramos) por persona.
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Hierbas y flores.- En el caso de este producto sólo podrán ingresar a México si se encuentran deshidratadas y empaquetadas de forma comercial y con el sello de una autoridad sanitaria. Además, debe comprobarse que su lugar de origen está libre de plagas y enfermedades.
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Carne de aves.- La carne de pollo, avestruz o gallina queda totalmente prohibida en su presentación fresca o congelada. Otros productos, como el huevo, también quedan excluidos de la lista de ingresos. Sin embargo, alimentos, como el paté, podrán pasar enlatados y sellados por una autoridad sanitaria, con un límite de hasta 1 kilogramo. El pavo o pollo ahumado podrán ingresar mientras estén dentro de su paquete original y no sobrepasen las 13 libras (6 kilogramos).
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Sándwiches, tortas, emparedados, hamburguesas, pizzas... Este tipo de productos están prohibidos siempre que tengan algún tipo de contenido cárnico y lácteo y no estén en su empaque íntegro, con un sello sanitario de la autoridad competente.
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